martes, 8 de octubre de 2019

AGENDA DE ACTIVIDADES FORMATIVAS A OFERTAR POR EL CEP DE LEBRIJA DURANTE EL PRIMER TRIMESTRE Y RELACIÓN DE DERECHOS Y DEBERES DEL PROFESORADO PARTICIPANTE

Os comunicamos la agenda de actividades formativas previstas para el Primer Trimestre que nos ha ha remitido el CEP de Lebrija.

Del mismo modo, os trascribimos la relación de derechos y deberes del profesorado que participe en las actividades formativas, igualmente remitida por el CEP.


"DERECHOS Y DEBERES DEL PROFESORADO PARTICIPANTE EN ACTIVIDADES FORMATIVAS
II.1. Derechos y deberes del profesorado participante en actividades formativas.
1. Las personas a quienes vayan dirigidas las acciones formativas que desarrolla el CEP de Lebrija tienen derecho a solicitar su participación siempre que reúnan los requisitos establecidos en las correspondientes convocatorias, pertenezcan al ámbito de actuación del CEP y estén en servicio activo.
2. Las actividades de ámbito provincial o regional organizadas por el CEP de Lebrija podrán ser solicitadas por todo el profesorado de la provincia o de la comunidad, respectivamente, y se aplicarán los criterios de admisión detallados en la convocatoria.
3. Las solicitudes de participación en las acciones formativas se cumplimentarán a través del programa de gestión en Séneca, siguiendo las condiciones que se establezcan en la correspondiente convocatoria, y durante el plazo que se señale al efecto. En el caso de actividades dirigidas a perfiles profesionales o colectivos específicos, el CEP podrá inscribir directamente al profesorado implicado.
4. La inscripción en la actividad a través de Séneca no implica la adjudicación directa de la plaza. La admisión en una actividad formativa se hará pública a través de los listados provisionales y definitivos de admisión en la página web.
5. No se admitirán solicitudes presentadas fuera del plazo que determine la convocatoria. En el caso de que quedaran plazas vacantes, se podrá hacer pública la existencia de las vacantes para la presentación de nuevas solicitudes.
6. Las solicitudes deberán incluir los datos que Séneca solicita, especialmente los datos de contacto necesarios- correo electrónico o teléfono móvil- para que el CEP pueda notificar todos los avisos relativos a la actividad.
7. Las personas admitidas a una acción formativa tienen el deber de asistir a todas las sesiones de la misma, justificando en su caso y con antelación suficiente su imposibilidad de asistir. En caso de no haber dado comienzo la actividad, podrán ejercer su derecho a la renuncia voluntaria a través de la aplicación Séneca. El incumplimiento de estos requisitos podrá suponer la exclusión del interesado de otras acciones formativas a desarrollar en el curso vigente, en particular cuando su falta de asistencia suponga un perjuicio para el desarrollo de la acción formativa o para otros posibles asistentes.
8. No podrán asistir a una actividad formativa aquellas personas que no hayan sido admitidas. Las asesorías de formación podrán invitar a abandonar las sesiones de una actividad a quienes no estén admitidos a través del procedimiento descrito.
9. El Centro del Profesorado utilizará la hoja de firmas generada a través de Séneca, para acreditar la asistencia regular a las actividades de formación. El profesorado participante en una actividad formativa podrá ser requerido en cualquier momento para que firme este
registro de asistencia. La asesoría responsable de la actividad podrá pedir la acreditación de la identidad.
10. En aplicación de la normativa vigente, la falta de asistencia superior al 20 % del cómputo total de horas presenciales programadas, independientemente de la causa que la provoque, imposibilita la expedición de la correspondiente certificación. Las hojas de registro de asistencia debidamente firmadas serán el único instrumento que acredite la asistencia a las distintas sesiones de una actividad formativa.
11. Para la evaluación positiva y certificación de la actividad, el profesorado deberá realizar las tareas y compromisos de participación que se especifiquen en los plazos y forma previstos.
12. El profesorado participante en una actividad formativa tendrá derecho a recibir el apoyo y las aclaraciones que precise para realizar las tareas propuestas.
13. El profesorado admitido en una actividad debe mantener una participación activa en ella, implicarse en las tareas propuestas, compartir y construir conocimiento entre iguales y favorecer el intercambio de prácticas docentes. Durante el desarrollo de una actividad formativa, o después de su finalización, el CEP podrá proponer al profesorado participante su intervención en los ámbitos descritos y en las condiciones que se acuerden.
14. Al finalizar cada acción formativa los participantes cumplimentarán a través de Séneca un cuestionario que servirá para poner de manifiesto su valoración acerca de la acción realizada.
15. El profesorado del ámbito del actuación seleccionado para realizar una actividad que estuviere destinado en una localidad distinta a donde se realiza la actividad y que por esta causa haga uso de su vehículo particular para asistir a la misma, podrá percibir bolsa de ayuda al desplazamiento siempre que:
a. Dicha actividad contemple en su presupuesto este concepto,
b. La persona lo solicite previamente en SÉNECA,
c. Presente impresa la solicitud de bolsa de ayuda antes de finalizar la actividad a la asesoría responsable de la misma (Anexo I)
d. Certifique la actividad y se cumplan todos los requisitos normativos recogidos en el proyecto de Gestión."

No hay comentarios: